dilluns, 21 de novembre del 2016

LO QUE DEBES SABER SI QUIERES ABRIR UN NEGOCIO (V). CONTRATAR A UN FAMILIAR.



Muchas veces se plantea la necesidad de que la familia de un autónomo trabaje con él en su actividad, todas las personas que colaboran en la empresa regularmente deben estar dadas de alta en algún régimen de la Seguridad Social.

El trabajador autónomo puede contratar a su cónyuge, sus hijos y cualquier familiar de hasta segundo grado mediante la figura del “Autónomo colaborador”. También pueden acogerse los hijos adoptados y las parejas de hecho que convivan.

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¿Qué es un autónomo colaborador? 


El autónomo colaborador es una forma de autoempleo que regulariza la situación de los familiares que colaboran en el negocio. El familiar acogido a este sistema deberá reunir las siguientes condiciones:

       -Ser familiar directo del autónomo (Cónyuge, padres o hijos).
       -Trabajar de forma habitual en el negocio.
       -No estar dado de alta como asalariado en otra empresa.

Bonificaciones

Contratar a un familiar que reúne las condiciones para esta modalidad tiene bonificaciones que consisten en la reducción de hasta el 50% en la cuota de autónomos. Esta ayuda tiene una duración máxima de 18 meses.


Cómo darse de alta como autónomo colaborador

El alta como autónomo colaborador se realiza mediante la presentación en la Seguridad Social del impreso TA0521/2 y debe acompañarse de la siguiente documentación:

     -Original y copia del D.N.I.
     -Original y copia del libro de familia.
     -Una copia del alta en Hacienda del autónomo titular del negocio.


Obligaciones fiscales del autónomo colaborador

El autónomo colaborador no debe tramitar ningún tipo de alta en Hacienda, tributará mediante la presentación anual de la declaración de renta en función del salario que tenga asignado por su trabajo. Como consecuencia, el autónomo empleador titular del negocio deberá hacer la correspondiente nómina con la retención de IRPF que corresponda.

Un apunte final, la Seguridad Social no entiende que un familiar vaya al negocio a “echar una mano”, si somos objeto de una inspección y hay alguna persona trabajando que no está afiliada a ningún régimen de la Seguridad Social, a buen seguro tendremos problemas.

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