A raíz del post que publicamos sobre el IRPF relacionado con
la prestación de maternidad, hemos recibido muchas consultas sobre cómo debe
reclamarse y los pasos a seguir para hacerlo. Resaltar que la sentencia
contraria al criterio de Hacienda no genera, de momento, ninguna jurisprudencia
pero, por otra parte, si no se inicia el proceso de reclamación al amparo de la
misma, tampoco se recuperará nunca el importe pagado de más. También sabemos
por experiencia que una ley no es inmutable, y que si está basada en un
criterio erróneo puede cambiarse. En cualquier caso la sentencia aludida es un
argumento sólido donde fundamentar nuestra reclamación.
A continuación explicamos el proceso, recuerda que en DOIT podemos ayudarte si decides iniciarlo.
Los pasos para reclamar los impuestos pagados de más son los
siguientes:
¿Desde cuándo se puede reclamar?
El plazo de prescripción del impuesto es de cuatro años, por
lo que pueden reclamar todas las personas que cobraron prestación por
maternidad desde enero de 2012.
¿Cómo empezar la reclamación?
Presentando una solicitud de rectificación de la liquidación
solicitando la devolución de lo tributado por la prestación de maternidad. Debe
constar el ejercicio que se reclama y el concepto jurídico.
¿Qué plazo tiene Hacienda para contestar?
Seis meses. En base a sus criterios, lo más probable es que
Hacienda desestime el recurso y nos dará un plazo de 10 o 15 días para hacer
alegaciones.
¿Qué hacer si recurso y alegaciones son rechazados?
El siguiente paso es acudir al Tribunal Económico
Administrativo Regional que resuelven los recursos previos antes de llegar la
vía judicial. Tendremos un plazo de un mes para presentar un
escrito a los tribunales económico-administrativos regionales (con sede en cada
una de las capitales de las comunidades autónomas) que corresponda.
¿Y si el Tribunal económico-administrativo también rechaza
la petición?
En ese caso solo quedaría
iniciar un procedimiento judicial.Tendremos dos meses para interponer un
recurso contencioso administrativo.
Antes de iniciar la vía judicial es necesario estimar cuánto
se reclama y si compensa hacerlo teniendo en cuenta los costes asociados por
las tasas, abogados, procuradores...
He sido madre este año, ¿es necesario pagar IRPF?
Sí, dado que es el criterio de la Agencia tributaria. Se
declara como renta del trabajo y después se inicia el proceso.
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