dimecres, 21 de setembre del 2016

PLURIACTIVIDAD

PLURIACTIVIDAD


Ser trabajador por cuenta ajena no es incompatible con la posibilidad de emprender y crear un negocio por cuenta propia; es lo que se denomina pluriactividad.
La Ley de emprendedores de 2013 permite importantes bonificaciones en las cuotas sociales de autónomo en el caso que nunca se hubiera cotizado en dicho régimen y la pluriactividad se genere por esta nueva situación. Las bonificaciones pueden llegar al 50% de la base mínima en los primeros 18 meses de actividad y al 75% en los siguientes 18 meses. Por ejemplo, en vez de cotizar sobre una base mensual de 893,10€ (2016) lo haríamos con una base de 446,55€ con la correspondiente reducción.
Esta reducción de cuotas puede aumentar dado que al estar cotizando en el régimen general no estamos obligados a cotizar por incapacidad temporal. También se puede elegir entre estas bonificaciones o acogerse a la tarifa plana; es cuestión de hacer números.

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